Auto18 de abril de 2007
A- de 2007
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Jannethe Briceño Borja Vs. Movistar Y Telefonica Telecom
✓
Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Entre Los Juzgados Cuarenta Y Cuatro Penal Del Circuito Y Treinta Y Cuatro Penal Del Circuito De Conocimiento De Bogota. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Cuarenta Y Cuatro Penal Del Circuito De Bogota
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Juez Penal Del Circuito Y Juzgado Penal Del Circuito De Conocimiento
- Tienen la misma competencia en razón de ser juzgados con categoría de circuito con independencia del sistema que adelanten
Juez Penal Del Circuito
- Superior jerárquico de los juzgados penales municipales o que teniendo dicha categoría ejercen la función de control de garantías
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. ORDENAR que por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, se REMITA al Juzgado Cuarenta y Cuatro Penal del Circuito de Bogota, el expediente contentivo de la accion de tutela promovida la ciudadana Jannethe Briceno Borja contra Movistar y Telefonica Telecom para que asuma de forma inmediata el conocimiento del mismo.
- SEGUNDO. Por Secretaria General COMUNIQUESE al Juzgado Treinta y Cuatro Penal del Circuito de Conocimiento de Bogota, lo resuelto en esta providencia con el fin de ponerle en conocimiento los fundamentos constitucionales y legales en virtud de los cuales se adopta la presente decision.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo RenteríaTexto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.